
Nuevo marco: derogación de la Circular 3/2018 y objetivos
La CNMV ha anunciado la apertura de un periodo de consulta pública para un nuevo proyecto de Circular que reemplazaría la Circular 3/2018 relativa a los informes financieros semestrales que las sociedades cotizadas deben remitir al regulador.
El documento persigue reducir las cargas administrativas sobre los emisores, buscando facilitar su cumplimiento sin sacrificar la calidad y comparabilidad de la información financiera.
Con la eliminación del informe financiero intermedio trimestral se simplifican los procesos y se reduce la frecuencia de entrega de información, lo que representa un cambio relevante en la regulación vigente.
Además, el proyecto pretende homogeneizar el etiquetado de los informes anuales consolidados y modificar los plazos de remisión para adaptarse mejor a los ciclos de presentación.
Adaptación a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF)
El proyecto incorpora adaptaciones específicas para incorporar los estándares NIIF 17 y NIIF 18, relativos a contratos de seguros y otras áreas contables, respectivamente.
Estas normas, vigentes desde fechas recientes a nivel internacional, exigen reflejar con mayor detalle ciertas operaciones y contingencias, algo que la CNMV quiere reflejar en sus informes semestrales.
Esta adaptación implica que las empresas cotizadas deberán ajustar sus procesos contables para cumplir con los nuevos requerimientos en sus estados financieros semestrales.
La incorporación de estas NIIF favorece la comparabilidad de la información financiera española con la internacional, aspecto clave para atraer inversión extranjera y cumplir con estándares globales.
Contenido y formato de los informes a remitir
Los emisores deberán remitir en formato electrónico estados financieros semestrales, que pueden ser completos o reducidos según el caso, formulados por el órgano de administración.
También es obligatoria la inclusión de un informe de gestión intermedio que explique la evolución del periodo y una declaración de responsabilidad sobre la veracidad y corrección de los datos.
En función del caso, será necesario añadir el informe de auditoría o de revisión limitada, o un informe especial de auditoría, garantizando así la fiabilidad del contenido presentado.
El formato de entrega se mantiene en XBRL pero se simplifica la información estadística que debe entregarse, con el objetivo de facilitar el tratamiento automatizado y comparativo por parte de la CNMV.
Plazos y proceso de consulta pública
La consulta pública se abrió oficialmente el 20 de julio de 2026 y permanecerá abierta hasta el 21 de septiembre de 2026, un periodo de dos meses.
Durante este plazo, cualquier interesado puede presentar comentarios o sugerencias acerca del proyecto de Circular.
La CNMV estudiará las aportaciones recibidas para definir la versión definitiva antes de su aprobación e incorporación definitiva al marco regulatorio.
Este proceso es un paso habitual en la evolución regulatoria, que busca equilibrar la efectividad del control con la minimización de impactos operativos.