Bruselas aprueba las directrices definitivas de transparencia para la IA a dos semanas de que sean exigibles

La Comisión Europea adoptó el 20 de julio la guía final sobre el artículo 50 del Reglamento de IA, que desde el 2 de agosto de 2026 obligará a identificar los chatbots y a marcar los contenidos generados por inteligencia artificial.

Por Redacción · 25 de julio de 2026 · Ver transparencia

La Comisión Europea adoptó el pasado 20 de julio la versión definitiva de sus directrices sobre las obligaciones de transparencia que el Reglamento europeo de Inteligencia Artificial impone a determinados sistemas de IA, según anunció el organismo comunitario a través de su portal oficial de estrategia digital. La publicación llega menos de dos semanas antes del 2 de agosto de 2026, la fecha en la que esas obligaciones, recogidas en el artículo 50 de la norma, comienzan a aplicarse en toda la Unión Europea.

El artículo 50 del Reglamento (UE) 2024/1689 establece deberes de información tanto para los proveedores como para los responsables del despliegue de ciertos sistemas de inteligencia artificial. Según explica la Comisión en su comunicado, los proveedores deberán diseñar sus sistemas de forma que los usuarios sepan que están interactuando con una IA, e incorporar marcas legibles por máquina que permitan detectar los contenidos generados o manipulados artificialmente.

Las directrices también aclaran las obligaciones de quienes utilizan estos sistemas. De acuerdo con el documento de la Comisión, los responsables del despliegue tendrán que informar a las personas cuando estén expuestas a ultrafalsificaciones (deepfakes) y a contenidos generados por IA sobre asuntos de interés público que se publiquen sin revisión humana o control editorial. Asimismo, los sistemas de reconocimiento de emociones o de categorización biométrica deberán advertir de su funcionamiento a las personas expuestas a ellos.

El texto adoptado es el resultado de una consulta pública que la Comisión abrió previamente sobre el borrador de las directrices, según consta en el propio portal comunitario. Bruselas enmarca esta guía en un paquete más amplio de acompañamiento del Reglamento de IA, que incluye también un código de buenas prácticas sobre el marcado y etiquetado de contenidos generados por inteligencia artificial.

El calendario distingue entre sistemas nuevos y ya comercializados. Como recoge el análisis del despacho Bird & Bird sobre las directrices, las obligaciones de transparencia serán exigibles desde el 2 de agosto de 2026, y su incumplimiento puede acarrear multas de hasta 15 millones de euros o el 3% del volumen de negocio anual mundial de la empresa infractora, los umbrales máximos que fija el propio Reglamento para estas infracciones. Según recoge el portal jurídico Iberley, los sistemas introducidos en el mercado antes de esa fecha dispondrán hasta el 2 de diciembre de 2026 para cumplir las obligaciones de marcado y detección.

Para las empresas que desarrollan o integran chatbots, generadores de imagen o herramientas de IA generativa en Europa, el 2 de agosto marca el inicio de una nueva fase en la aplicación escalonada del Reglamento de IA, en vigor desde 2024. Las directrices, según la Comisión, buscan ofrecer orientación práctica a las autoridades competentes, a los proveedores y a los responsables del despliegue para que el cumplimiento de estas obligaciones sea coherente y uniforme en toda la Unión.