Edificio Berlaymont en Bruselas con pancarta 'Next Generation EU'
Edificio Berlaymont en Bruselas con pancarta 'Next Generation EU'Trougnouf (Benoit Brummer) · Wikimedia Commons · CC-BY

Qué ha anunciado exactamente Google

Google ha comunicado en su blog corporativo que firmará el Code of Practice on Transparency of AI-Generated Content, un código de buenas prácticas elaborado por la Comisión Europea y publicado el 10 de junio de 2026. El documento está pensado como una guía práctica para que las empresas que desarrollan o despliegan sistemas de inteligencia artificial generativa sepan cómo cumplir con las obligaciones de transparencia que ya recoge la AI Act, el reglamento europeo que regula el desarrollo y uso de la inteligencia artificial en la Unión Europea.

La distinción central de este anuncio es que la firma del código por parte de Google es un acto voluntario. La empresa se compromete a seguir unas directrices concretas sobre cómo marcar y etiquetar contenido generado por IA, pero esa adhesión no es lo que la obliga legalmente a hacerlo. La obligación legal ya existe, está recogida en el artículo 50 de la AI Act y se aplicará a partir del 2 de agosto de 2026 a todas las empresas que entren dentro de su ámbito, hayan firmado el código o no.

En este sentido, el anuncio de Google funciona más como un gesto de posicionamiento público y de anticipación regulatoria que como un cambio real en sus obligaciones. La compañía ya estaba sujeta al artículo 50 antes de firmar nada; lo que hace ahora es comprometerse a seguir un marco de buenas prácticas que la Comisión Europea considera alineado con ese cumplimiento, y hacerlo visible ante clientes, reguladores y competidores.

Qué obliga en la práctica el artículo 50 de la AI Act

El artículo 50 de la AI Act establece obligaciones de transparencia específicas para el contenido generado por inteligencia artificial. En términos generales, exige que los proveedores de sistemas de IA generativa marquen técnicamente ese contenido de forma que pueda detectarse como generado o manipulado por una máquina, y que se etiqueten de manera clara los llamados deepfakes, es decir, imágenes, audios o vídeos que simulan personas, objetos, lugares o eventos reales de forma que parezcan auténticos sin serlo.

El código publicado por la Comisión Europea el 10 de junio de 2026 cubre precisamente estos dos frentes: el marcado y detección técnica del contenido generado por IA, y el etiquetado de deepfakes y de determinadas publicaciones generadas artificialmente que se difunden como si fueran reales. No se trata de una norma nueva, sino de una guía de aplicación práctica de una obligación que ya estaba en el reglamento.

Los sujetos obligados por estas reglas son, según consta en el propio documento de la Comisión, los proveedores de sistemas de IA generativa y los responsables de su despliegue, es decir, tanto quienes construyen estos sistemas como quienes los ponen en producción de cara al usuario final. Esto amplía el círculo de responsabilidad más allá de las grandes tecnológicas que desarrollan los modelos, hacia cualquier empresa que integre y distribuya IA generativa dentro de la Unión Europea.

El papel de SynthID y el estándar C2PA

Google señala en su anuncio que su enfoque de transparencia se apoya en dos elementos: la adaptación de sus sistemas al estándar C2PA, un protocolo técnico de la industria para certificar el origen y las modificaciones de un archivo digital, y el uso de SynthID, su propia herramienta para marcar contenido generado por sus modelos de inteligencia artificial de forma que pueda identificarse posteriormente como sintético.

Es importante distinguir el estado de esta afirmación: se trata de una declaración de la propia Google sobre sus capacidades técnicas, no de un dato verificado de forma independiente por la Comisión Europea ni por un tercero externo. Que la compañía diga estar adaptada al estándar C2PA y utilizar SynthID como parte de su cumplimiento no equivale a una certificación oficial de que esas herramientas satisfacen plenamente las exigencias del artículo 50.

Esta matización importa porque el código todavía está siendo evaluado por la propia Comisión Europea y por el AI Board, el organismo consultivo encargado de supervisar la aplicación coherente de la AI Act en los distintos países miembros. Hasta que ese proceso de evaluación concluya, no hay una validación oficial de que las prácticas concretas que cada empresa firmante diga estar aplicando sean suficientes para cumplir con la ley.

Por qué el calendario deja poco margen

El margen entre la publicación del código, el 10 de junio de 2026, y la entrada en vigor de las obligaciones legales, el 2 de agosto de 2026, es de menos de dos meses. Es un plazo ajustado para que las empresas que operan en el mercado europeo, sobre todo aquellas con catálogos amplios de productos de IA generativa integrados en múltiples servicios, adapten sus sistemas técnicos de marcado y sus flujos de etiquetado antes de que la ley sea exigible.

Este calendario explica en parte por qué compañías como Google se adelantan a anunciar su adhesión al código: hacerlo antes de la fecha límite permite mostrar una postura de cumplimiento proactivo frente a reguladores y usuarios, en un contexto donde el marco legal ya es vinculante independientemente de esa firma. No firmar el código no exime de cumplir la ley, pero firmarlo sí puede facilitar que una empresa demuestre ante un regulador que sigue una guía de buenas prácticas reconocida por la propia Comisión.

La pregunta que queda abierta es qué ocurre con las empresas que no se adhieran al código antes del 2 de agosto de 2026. Seguirán obligadas por el artículo 50 igualmente, pero sin el marco de referencia que ofrece el código para demostrar cómo interpretan y aplican esa obligación, lo que podría dejarlas en una posición más expuesta ante una eventual revisión regulatoria.