Autónomos societarios: la base mínima de cotización en 2026 sube a 1.424,40 euros al mes
La Orden PJC/297/2026, en vigor desde el 1 de enero, fija esa base mínima para autónomos societarios y familiares colaboradores, con una provisional de al menos 1.000 euros si hay 90 días de alta en el año.
Autoridades se dan la mano tras la firma de un convenio institucionalEmiliano García-Page Sánchez · flickr · CC-BY-SA
Qué cambia para autónomos societarios y familiares colaboradores
La Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo, entró en vigor el 1 de enero de 2026 y fija la base mínima de cotización en 1.424,40 euros mensuales para quienes están dados de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) por su condición de socios de sociedades de capital o laborales, y para los familiares que colaboran en el negocio sin ser socios ni asalariados.
Esa cuantía no es la mínima habitual de la tabla general de autónomos: coincide con la base mínima del grupo de cotización 7 del Régimen General, el que aplica a categorías profesionales como administrativos u oficiales. Es, por tanto, un suelo más alto que el que rige para el resto de trabajadores por cuenta propia, y afecta a un colectivo que hasta ahora podía cotizar por importes menores.
La base provisional y la regularización posterior
La guía oficial de la Seguridad Social permite, durante el ejercicio, mantener una base de cotización provisional no inferior a 1.000 euros para quienes hayan estado de alta al menos 90 días en 2026 como familiar colaborador o como autónomo societario de una sociedad de capital o laboral. Es un colchón que evita el desembolso íntegro desde el primer mes de alta.
Ese margen tiene un límite temporal: en el procedimiento de regularización que cierra el ejercicio, la base definitiva no podrá quedar por debajo de 1.424,40 euros mensuales si se cumplieron esos 90 días de alta en el año. Quien cotizó por la provisional de 1.000 euros deberá asumir la diferencia hasta el mínimo legal, con el correspondiente ajuste de cuotas.