Transparencia
El BOE regula hasta 4 años para devolver préstamos públicos a pymes innovadoras
Afirmaciones verificadas
El BOE identifica la disposición como BOE-A-2026-16807.
Estado: Verificada (fuente primaria)
El plazo de aplazamiento puede ser de hasta 2 años y el fraccionamiento puede ser de hasta otros 2 años, sumando un máximo de 4 años para devolver la deuda.
Estado: Verificada (fuente primaria)
El procedimiento se articula con dispensa de garantía.
Estado: Verificada (fuente primaria)
La norma se aplica a pymes de alta intensidad inversora en I+D+i y a cuotas de devolución de ayudas en forma de préstamo de determinadas convocatorias estatales.
Estado: Verificada (fuente primaria)
La orden regula el aplazamiento y fraccionamiento del pago sin garantía para determinadas pymes con alta intensidad inversora en I+D+i.
Estado: Verificada (fuente primaria)
Las cuotas afectadas son derechos de naturaleza pública estatal, no tributarios ni aduaneros, correspondientes a la devolución de ayudas en forma de préstamo concedidas en convocatorias concretas de I+D+i.
Estado: Verificada (fuente primaria)