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Transparencia

El BOE regula hasta 4 años para devolver préstamos públicos a pymes innovadoras

Afirmaciones verificadas

  • El BOE identifica la disposición como BOE-A-2026-16807.

    Estado: Verificada (fuente primaria)

  • El plazo de aplazamiento puede ser de hasta 2 años y el fraccionamiento puede ser de hasta otros 2 años, sumando un máximo de 4 años para devolver la deuda.

    Estado: Verificada (fuente primaria)

  • El procedimiento se articula con dispensa de garantía.

    Estado: Verificada (fuente primaria)

  • La norma se aplica a pymes de alta intensidad inversora en I+D+i y a cuotas de devolución de ayudas en forma de préstamo de determinadas convocatorias estatales.

    Estado: Verificada (fuente primaria)

  • La orden regula el aplazamiento y fraccionamiento del pago sin garantía para determinadas pymes con alta intensidad inversora en I+D+i.

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  • Las cuotas afectadas son derechos de naturaleza pública estatal, no tributarios ni aduaneros, correspondientes a la devolución de ayudas en forma de préstamo concedidas en convocatorias concretas de I+D+i.

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